La reforma judicial es inflacionaria

La incertidumbre sobre la reforma judicial ha aumentado la demanda de dólares, depreciando el tipo de cambio. Aunque la relación entre la depreciación y la inflación se ha debilitado en 20 años, un aumento del 1% en el tipo de cambio eleva la inflación entre 5 y 7 puntos base.
Por Federico Rubli Kaiser
En las últimas semanas la incertidumbre y la percepción negativa de los mercados en torno a la aprobación de la reforma judicial han aumentado la demanda de activos denominados en dólares, lo que ha depreciado al tipo de cambio.

Una pregunta es qué tanto la depreciación afectará a la inflación. Esto es lo que se conoce como el traspaso de los movimientos cambiarios hacia la inflación (pass-through). De acuerdo con estudios del Banco de México, en los últimos 20 años ese efecto se ha debilitado y es menor que antes. Acertadamente menciona el banco central en un recuadro técnico de su último informe trimestral que “a la disminución de ese traspaso contribuyeron los logros estructurales sobre el control de la inflación de las últimas dos décadas”.

El banco ofrece una evidencia cuantitativa con base en tres estimaciones diferentes con la técnica de vectores autorregresivos para calcular la elasticidad del traspaso acumulada para un periodo de 17 años. Así, obtiene que un aumento de 1% en el tipo de cambio implica un incremento de la inflación de entre 5 a 7 puntos base a los 12 meses posteriores. Ciertamente un traspaso débil.

Sin embargo, una estimación alternativa a la de los vectores autorregresivos podría tomar en cuenta un modelo de determinación de la inflación más completo, donde se modele explícitamente qué movimientos en el tipo de cambio inducen alteraciones en los precios relativos de los bienes y servicios comerciables internacionalmente respecto a los no comerciables. El impacto de las expectativas cambiarias y de inflación serían variables relevantes. El modelo se complementaría con ecuaciones de comportamiento microeconómico sobre lo que toman en cuenta los fijadores de precios de las empresas.

No tengo un modelo como tal, pero sí tengo el testimonio de varios fijadores de precios del sector privado. A los insumos importados los tienen indizados al tipo de cambio para que cuando haya depreciaciones, puedan proteger su margen de ganancia mediante un aumento del precio del bien o servicio que producen. Muchas veces se adelantan al impacto y cuando tienen expectativas de depreciación, deciden mover su precio.

La falta de competencia y los mercados oligopólicos también contribuyen a que haya colusión para preservar los márgenes de ganancia. Asimismo, después del prolongado periodo de apreciación que de alguna forma sirvió de contención parcial para incrementar precios, hay empresas que aprovechan la depreciación e incrementan más los precios para “recuperar terreno”. Lo hemos sufrido recientemente como consumidores. También algunas empresas aguantan postergar algún tiempo un ajuste de precios, pero el ajuste vendrá.

Este comportamiento microeconómico indicaría que el traspaso no es tan débil como las estimaciones mencionadas del Banco de México. Es por ello que puede decirse que el impacto de la reforma judicial es inflacionario. Por ende, en los siguientes meses es previsible que la inflación vaya en aumento. Esto complica que el Banco de México alcance la convergencia a su meta de 3% a fines de 2025. Ver nota original.
* Economista egresado del ITAM. Cuenta con Maestría y estudios de doctorado en teoría y política monetaria, y finanzas y comercio internacionales. Columnista de El Economista. Ha sido asesor de la Junta de Gobierno del Banxico, Director de Vinculación Institucional, Director de Relaciones Externas y Coordinador de la Oficina del Gobernador, Gerente de Relaciones Externas, Gerente de Análisis Macrofinanciero, Subgerente de Análisis Macroeconómico, Subgerente de Economía Internacional y Analista.
X: @frubli

Esta nota se publicó originalmente el 10 de septiembre en el periódico El Economista.
Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no representan la opinión del IMEF.

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