Contradicciones en la iniciativa de pensiones

Es encomiable querer ofrecer una pensión del cien por ciento a los trabajadores de menores ingresos; el problema con la iniciativa son las fuentes de financiamiento tanto de la aportación “semilla” (cantidad y fecha de constitución), como del financiamiento en general.
Por Federico Rubli Kaiser
La Exposición de Motivos de la Iniciativa de Reforma de Pensiones del Presidente Andrés Manuel López Obrador que forma parte del paquete de 20 reformas propuestas el pasado 5 de febrero, está innecesariamente plagada de un lenguaje agresivamente ideologizado a lo largo de las primeras seis páginas.

Al margen del discurso ideologico, la esencia de la Iniciativa, que se encuentra a partir de la página seis, es que las personas de menores ingresos gocen de una pensión con una tasa de reemplazo (TR) del 100%, es decir, que se pensionen con el equivalente al monto completo de su último sueldo. La elegibilidad es para los que cotizan a partir del 1 de julio de 1997 bajo la Ley 97 del IMSS, o bien desde marzo de 2007 bajo la ley del ISSSTE de ese año y que hayan cumplido 65 años de edad. La redacción de la Iniciativa es confusa y enredada dando lugar a interpretaciones, lo que refleja que fue elaborada al vapor. Por ello, es conveniente clarificar y explicar lo que realmente propone esta reforma.

Con una redacción confusa, la Iniciativa señala que las personas elegibles “tendrán derecho a que su pensión de retiro por vejez sea igual a su último salario hasta por un monto equivalente al salario promedio registrado en el IMSS, cuando la pensión que obtengan sea menor a dicho promedio”. En el Segundo Transitorio de la propuesta, se establece un tope para la aplicación de esa regla que es el salario promedio actual de los afiliados al IMSS que es de 16,778 pesos mensuales y equivale a 2.2 veces el salario mínimo. Ese es el sueldo promedio de aproximadamente 20 millones de cotizantes.

Para entender la mecánica, supongamos tres casos. Primero, un trabajador que tiene un salario mensual de 10 mil pesos, según la Iniciativa podrá alcanzar una TR del 100%, es decir, una pensión de 10 mil pesos ya que su salario está por debajo del tope referido. Según la Iniciativa, el promedio de la TR que alcanzarían los afiliados bajo la regla actual es cercana al 50%.

La realidad es que con la Reforma de 2020, la TR promedio para los de la generación Afore es algo mayor, digamos del 70%. En nuestro ejemplo, esto significa que ese trabajador tendría una pensión de 7 mil pesos con lo acumulado en su cuenta Afore y un faltante de 3 mil pesos para poder alcanzar la TR de 100%. La Iniciativa contempla que ese faltante lo pagará el gobierno de un Fondo de Pensiones para el Bienestar que será integrado por la SHCP y administrado por el Banco de México.

Un segundo ejemplo es de una persona cuyo salario mensual es de 17,667 y que, por lo tanto, sí califica para la regla. Con la TR de 70%, su pensión alcanzaría 12,366 pesos. Por ende, le faltarían 5,301 pesos para alcanzar que su pensión sea igual al umbral de 17,668 pesos. Ese complemento lo pagará el gobierno del Fondo mencionado.

El tercer ejemplo es suponer un trabajador que gana 20,000 pesos mensuales. Con la TR de 70% su pensión se calcula en 14,000 pesos. Como ese monto es menor al límite de 17,668 pesos, sí tiene derecho a recibir el faltante de 3,668 pesos sacados del Fondo. Evidentemente cualquier persona cuya pensión exceda de 17,668 pesos no califica para recibir recursos del Fondo.

Un problema con la mecánica que se propone para mejorar las pensiones, sobre todo de los que tienen menores ingresos, es que representa un desincentivo para ahorrar voluntariamente en la Afore. ¿Qué caso tiene ahorrar si el faltante lo va a cubrir el gobierno con el Fondo para el Bienestar?

La Iniciativa también deja al margen de la seguridad social a los 6 de cada 10 trabajadores que se desempeñan en la informalidad laboral. Ese segmento tan importante de la población se encuentra fuera de cualquier consideración. Lo único que tienen los adultos mayores de la informalidad, es la Pensión para para el Bienestar de los Adultos Mayores (PBAM) que este año les paga 6,000 pesos bimestrales. Por cierto, esa PBAM tiene un importante costo fiscal creciente que este año es de 465 mil millones de pesos.

La iniciativa no menciona el monto con el que se constituiría este Fondo, pero López Obrador en su discurso de presentación agregó que se crearía con una aportación “semilla” inicial de 64,619 millones de pesos el “1 de mayo próximo”. Esta cifra parecería una mera ocurrencia, no hay ningún cálculo que la pueda respaldar. ¿Es suficiente? ¿Para cuantos años alcanzaría?

Además de que es prácticamente imposible integrar esos recursos en la fecha señalada, hay una contradicción en el texto de la Iniciativa, ya que el Primero Transitorio menciona que el Decreto entrará en vigor una vez que la SHCP constituya el Fondo, mientras que el Tercero Transitorio señala que dentro de los 90 días naturales siguientes a la publicación del Decreto se creará el Fondo. ¿Por fin, cómo será?

Resulta encomiable querer ofrecer una mayor pensión a los de menores ingresos. El problema con la Iniciativa son las fuentes de financiamiento para integrar el Fondo. A ese respecto, se señala una lista realmente fantasiosa para integrarlo, que además son en su mayoría ingresos no recurrentes.

Menciona 11 fuentes, todas inviables. Como muestra: utilizar los recursos de los fideicomisos del poder judicial que están en curso legal; integrar lo que se generaría con la desaparición de los órganos autónomos (si se aprueban las reformas respectivas); y las utilidades que generarían las empresas paraestatales administradas por SEDENA y SEMAR (¿cuáles utilidades?). Con la información deficiente que el gobierno ha dado a conocer, no es posible cuantificar un costo fiscal actuarial a futuro de esta reforma.

Este gobierno, junto con cuando menos con los dos anteriores, han rehuido diseñar e implementar una reforma integral de pensiones. Sólo han efectuado “parches” que no solucionan el problema de fondo. Aun así, lo que podría haber sido una propuesta sensata se perdió como una manifestación política hecha al vapor, sin mucho sentido.

Sería irresponsable plasmar en la Constitución una iniciativa tan poco sólida y financieramente inviable. La oposición en el Congreso debe percatarse que, al final, la cuestión no es ideológica sino de recursos: ¿Qué fuentes recurrentes tendría el gobierno a futuro para financiar este esquema? Reitero lo que ya he señalado en ocasiones anteriores: AMLO, y la que resulte sus sucesora, deben entender que cualquier reforma pensionaria debe pasar primero por una reforma fiscal, tanto del gasto como de los ingresos
* Economista egresado del ITAM. Cuenta con Maestría y estudios de doctorado en teoría y política monetaria, y finanzas y comercio internacionales. Columnista de El Economista. Ha sido asesor de la Junta de Gobierno del Banxico, Director de Vinculación Institucional, Director de Relaciones Externas y Coordinador de la Oficina del Gobernador, Gerente de Relaciones Externas, Gerente de Análisis Macrofinanciero, Subgerente de Análisis Macroeconómico, Subgerente de Economía Internacional y Analista.
X: @frubli
Esta es una versión corregida de la columna del autor Reforma de pensiones: no es ideológico sino de recursos en el periodico El Economista publicada el 13 de febrero de 2024.
Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no representan la opinión del IMEF.

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